Ley del Teletrabajo: ¿una nueva grieta?

Algunos puntos de la nueva normativa hicieron surgir una serie de opiniones y críticas que enfrentan a distintos actores de la escena laboral

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Tras varias semanas de discusión, el pasado 30 de julio el Senado de la Nación sancionó la Ley de Teletrabajo Nº 27.555.

Con el objetivo de regular esta modalidad de trabajo “a distancia “, existente en nuestro país y en el mundo desde hace ya varios años, la iniciativa del proyecto se convirtió en ley por el voto de la mayoría de los integrantes de la cámara alta.

Pero esta normativa establece varios puntos que desataron una catarata de opiniones y críticas de los distintos protagonistas en el mundo del trabajo.

En representación de los trabajadores, la CGT (Confederación nacional del Trabajo de la República Argentina) y la CTA (Central de Trabajadores de la Argentina) expresaron su apoyo al proyecto desde el comienzo del debate con distintas propuestas en aras de lograr la generación de puestos de teletrabajo dentro del país.

En sentido contrario, y desde la vereda de enfrente, diversas cámaras Empresarias, entre las que se puede destacar a la Came (Confederación Argentina de la Mediana Empresa), manifestaron su preocupación sobre los siguientes puntos:

  • Desconexión digital: la norma establece que el trabajador que se encuentre desempeñando sus tareas bajo esta modalidad, tendrá derecho a desconectarse fuera de jornada laboral y su empleador no podrá remitir ningún tipo de comunicaciones fuera de la misma.

       Entre los críticos a la rigidez de este artículo, entienden que, por un lado, podría haberse contemplado simplemente eximir al trabajador de la obligación de dar respuesta fuera del “horario de conexión”. Por el otro, también creen que el sentido estricto del “horario de conexión” iría en contra de la naturaleza misma del teletrabajo (más flexible y dinámica).

  • Reversibilidad: el consentimiento prestado por los trabajadores de modalidad de teletrabajo podrá ser revocado a una posición presencial, previa notificación al empleador. La negativa del empleador dará derecho al empleado a considerarse en una situación de despido.

       Posiblemente el punto más polémico de la nueva norma. Los detractores de la misma consideran descabellado tener un espacio físico de trabajo ocioso “por las dudas” de que un teletrabajador decida unilateralmente revocar esta modalidad, pudiendo el mismo considerarse despedido en caso contrario.

En una clara muestra de la confrontación que la sanción de esta norma generó, el conductor y empresario Mario Pergolini fue más allá y estalló en contra de la ley, tildando de “imbéciles” a los legisladores y criticando fuertemente varias cuestiones desde su rol de empresario.

Desde el sector gremial no sólo repudiaron sus declaraciones, sino que le recomendaron la lectura completa de la norma “para no abonar, con argumentos falsos y mentiras, a la desinformación de la población".

Si bien aún resta la reglamentación que haga en los próximos días el Poder Ejecutivo, sumado a evaluar cómo aplicarán esta ley los distintos Convenios Colectivos de Trabajo, queda claro que la grieta también llegó al Teletrabajo.

Paula Mamana es responsable del Área Laboral/Previsional de ISL Contadores.

Secretaria Comisión Laboral/Previsional del C.P.C.E. de Sta. Fe 2da Circunscripción.

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