Suspenderán el aumento de las tasas de interés resarcitorias y punitorias que cobra la Afip

El gobierno le adelantó la decisión a las autoridades de Came. Se anunciará en el marco de otras medidas fiscales

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El gobierno nacional anunciará este jueves que no aplicará el aumento de tasas de interés resarcitorias y punitorias que cobra la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) para las pequeñas y medianas empresas. Así se lo aseguró el titular del organismo recaudador, Leantro Cuccioli, al presidente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came), Gerardo Díaz Beltrán, durante una reunión que ayer sostuvieron.

El anuncio de un aumento de las tasas de interés resarcitorias y punitorias que cobra la Afip a partir de marzo provocó la reacción de numerosas entidades.

Dirigentes empresarios nucleados en Came mantuvieron una reunión en la sede de la Afip con sus autoridades, donde analizaron el impacto de esta medida y les garantizaron que los aumentos de las tasas no generarán un impacto considerable en la pequeña empresa, porque la Afip les fijó ahora un techo del 3% para los planes de financiamiento.

En realidad, lo que anunciará el gobierno es la suspensión del incremento de los intereses resarcitorios y punitorios por retrasos en el pago de los impuestos del 3% y el 4% al 4% y 5,6%, respectivamente, que anunció la semana pasada el Ministerio de Hacienda.

Por otra parte, los dirigentes de Came le plantearon la preocupación por los embargos que se están ejecutando incluso en zonas declaradas de emergencia hídrica.

El gobierno nacional realizará hoy este anuncio en el marco de otros beneficios fiscales para pequeñas y medianas empresas de economías regionales radicadas en provincias que hayan respetado el Pacto Fiscal, que imponía la obligación de aminorar la presión tributaria mediante la reducción del Impuesto a los Ingresos Públicos a no más de 3%.

El principal beneficio al que podrán acceder esas empresas ya rige para el sector textil y del cuero. Se trata de la aceleración del programa de aplicación del mínimo no imponible para los aportes y contribuciones de la seguridad social.

En la Reforma Fiscal de 2017 se decidió unificar la alícuota de aportes y contribuciones a la seguridad social en 19,5%, ya que hasta ese momento regían diferentes niveles de acuerdo a las regiones del país.

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