Se aprobó una excepción para viajes fronterizos cortos en el impuesto del 30%

Se buscó evitar que las familias que conviven y trabajan en la misma región no tengan un recargo en sus traslados habituales que comienzan en un país y terminan en otro

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El oficialismo aceptó una excepción para los viajes fronterizos cortos en el impuesto del 30%, a instancias de un pedido del diputado José Luis Ramón, que preside el interbloque Unidad Federal para el Desarrollo. De este modo, los viajes fronterizos cortos quedarán exentos del pago del tributo, en caso de que la cancelación de la operación sea en pesos.

Según se argumentó, con esta excepción se buscó evitar que las familias que conviven y trabajan en la misma región no tengan un recargo en sus traslados habituales que comienzan en un país y terminan en otro, siempre que no requiera de pagos en dólares o con tarjeta de crédito. A modo de ejemplo, Ramón explicó: “Muchas veces se paga un pasaje solo para cruzar un puente”.

“Quiero proponer una modificación en este artículo para mantener fuera del impuesto al transporte internacional que se abone en moneda nacional. Es una realidad de los lugares fronterizos, donde muchas personas de bajos recursos deben efectuar un transporte internacional pero que lo pagan en moneda nacional”, sostuvo Ramón y agregó: “De manera tal que propongo incorporar una aclaración con el objeto de despejar las dudas si ciertas operaciones abonadas en pesos están alcanzadas o no por el impuesto”.

En un primer momento, el oficialista Carlos Heller rechazó la modificación. Pero Ramón insistió: “Estamos hablando de lugares donde las personas no tienen tarjeta de crédito y los bajos recursos son totales. Hasta van con el efectivo y a veces no lo tienen”.

Después de una serie de intercambios, el diputado del Frente de Todos Darío Martínez le dio la razón al legislador del espacio de Unidad y Equidad Federal. Luego, Heller terminó aceptando el planteo.

 “La aclaración lo que busca es que (queden exceptuados) ese tipo de servicios, sobre todo terrestres, donde hay una demanda fronteriza y tenemos vecinos que van y vienen, y viven regionalizados. Al igual que le debe pasar a Ramón en su provincia, en la nuestra nos pasa con el transporte interurbano entre Argentina y Chile”, sostuvo Martínez.

El artículo en cuestión establece con carácter de emergencia, por el término de cinco períodos fiscales a partir del día de vigencia de la ley, el impuesto a las operaciones en moneda extranjera. Según se anunció, el gravamen denominado País (Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria) tendrá un 30% de recargo para la compra de dólares para atesoramiento, compras en el exterior, compra de servicios que operen en el exterior y compra de pasajes al exterior.

En particular, el cuerpo de la Cámara de Diputados aprobó hacer una modificación en el inciso E del artículo 32 -del proyecto original-, donde se regulan específicamente los viajes que realizan las personas fuera del país.

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