Prorrogaron el congelamiento de precios de alquileres y cuotas de créditos UVA

El Gobierno oficializó la suspensión de los desalojos y el plazo de vigencia de los contratos

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El Gobierno prorrogó el congelamiento de los precios de alquileres y la suspensión de los desalojos por falta de pago. Tampoco se podrá modificar el valor de las cuotas de los créditos hipotecarios UVA, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

A través del decreto 766/2020 publicados en el Boletín Oficial, extendió hasta el 31 de enero de 2021 la suspensión de los desalojos, el plazo de vigencia de los contratos y el congelamiento de los precios de los alquileres. Además se prorrogó hasta febrero de 2021 el inicio del pago de las deudas por diferencia de precio en los mismos términos y condiciones, y hasta el 31 de enero de 2021 para las deudas por falta de pago.

También se extendió la mediación obligatoria por el plazo de 6 meses, a partir del 30 de marzo de 2021, y la suspensión establecida con anterioridad.

Por otro lado, a través del decreto 767/2020, prolongó el congelamiento del valor de las cuotas de créditos hipotecarios UVA para vivienda única hasta el 31 de enero próximo. De esta manera, seguirá vigente el de marzo cuando se dictó la emergencia sanitaria en todo el país. Paralelamente, se suspendieron las ejecuciones hasta la misma fecha, sean "hipotecarias, judiciales o extrajudiciales".

En cuanto a las cuotas de créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única a pagarse entre el 1 de febrero de 2021 y el 31 de julio de 2022 no podrán superar el valor determinado en un esquema de convergencia elaborado por el Poder Ejecutivo. Además, los bancos deberán armar antes del 31 de julio de 2022 una instancia para analizar el caso de clientes cuya cuota a abonar supera el 35% de sus ingresos actuales.

En cuanto a las deudas que pudieren generarse desde el 1 de octubre próximo y hasta el 31 de enero de 2021 podrán ser convertidas a Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y refinanciadas a pagar a partir de la finalización del cronograma vigente del préstamo, en cuotas que no podrán superar la cuota original del préstamo, según informó Télam.

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