No hay límites para la extracción de dólares de las cuentas, pero sí para girar al exterior

Así lo expresa en el decreto en el que el gobierno anunció la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos

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El gobierno anunció la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos. Así lo estableció a través de un decreto publicado este domingo en el Boletín Oficial, y entre sus puntos se destaca que nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.

En el caso de las "personas humanas", tal la denominación jurídica para la "gente de a pie", el BCRA estableció que éstas "no podrán comprar más de u$s10.000 por mes, ni realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de ese monto".

En cuanto a las empresas, los exportadores tendrán que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).

Entre los principales puntos del texto oficial, se destaca que nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.

En el caso de las "personas humanas", tal la denominación jurídica para la "gente de a pie", el BCRA estableció que éstas "no podrán comprar más de u$s10.000 por mes, ni realizar transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de ese monto".

En cuanto a las empresas, los exportadores tendrán que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).

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