Los importadores necesitarán autorización del Banco Central para operar con el cepo

Requerirán una autorización especial para concretar operaciones de comercio exterior en lo que respecta al acceso al Mercado Único y Libre de Cambios

     Comentarios
     Comentarios

Hay un nuevo panorama para realizar operaciones en el exterior y ahora los importadores necesitarán una autorización del Banco Central para poder concretar el comercio externo, en lo que respecta al acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). 

Según la comunicación oficial se establecerán 90 días corridos el plazo para demostrar el registro de ingreso aduanero de los bienes en el caso de los pagos anticipados de importaciones a proveedores no vinculados con el importador, previa conformidad del BCRA para los pagos anticipados de importaciones a proveedores vinculados con el importador.

Asimismo, las entidades autorizadas a operar en cambios deberán remitir al Banco Central, al cierre de cada jornada y con una antelación de 2 días hábiles, la información sobre las ventas de cambio a realizarse por solicitud de clientes u operaciones propias de la entidad que impliquen un acceso al mercado de cambio por un monto diario que sea igual o superior al equivalente a US$ 2 millones, para cada uno de los 3 días hábiles contados a partir del primer día informado.

El Central estableció además que los clientes de las entidades autorizadas deberán informar a las mismas con la antelación necesaria para que las entidades puedan dar cumplimiento al requisito establecido, para que éstas puedan dar curso a la operación de cambio, en la medida que simultáneamente se cumplan los restantes requisitos vigentes en la normativa.

Comentarios