Las once barreras que hay que sortear para acceder a los u$s200

El Gobierno sigue ajustando las restricciones para reducir al mínimo la cantidad de personas capaces de acceder al cupo mensual

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Este jueves se rehabilitó el cupo de los u$s200, pero se calcula que se redujo de cuatro millones a un millón el universo de personas que pueden acceder a él, debido a las severísimas restricciones aplicadas por el Banco Central.

A continuación, un resumen de la catarata de medidas para reducir al mínimo la cantidad de personas que puedan acceder a la divisa norteamericana.

Empleados de empresas que hayan recibido ATP: incluye a los trabajadores que hayan obtenido la ayuda estatal en cualquiera de sus cinco fases, lo que excluye a 2,3 millones de personas.

Beneficiarios de un plan o programa de Anses: incluye el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la Asignación Universal por Hijo (AUH) o cualquier otro tipo de ayuda social.

Personas sin ingresos declarados: se solicita que los bancos pidan documentación respaldatoria de los ingresos, de los activos del cliente y de toda otra documentación que les permita evaluar la razonabilidad de tener ahorros en moneda extranjera.

Cotitulares de cuentas bancarias: si una de las personas que es titular hace uso del cupo de u$s200, la otra o las otras ya no podrán adquirirlo.

Gastos en dólares con tarjeta: pagados tanto con débito o crédito ahora son descontados de ese monto de u$s200. Si por esas compras se exceden el máximo, la diferencia es descontada de los meses siguientes.

Refinanciación de algún saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses: sea el monto que sea y aunque no hayan refinanciado el total, la prohibición es la misma hasta tanto se cancele.

Los que congelaron las cuotas de sus créditos hipotecarios y prendarios UVA: este congelamiento se extendió recientemente y rige hasta enero de 2021.

Quienes hayan adquirido dólar bolsa en los 90 días anteriores: quienes hayan operado MEP o contado con liquidación deberán esperar 90 días para acceder al cupo, y lo mismo sucede a la inversa.

Dueños de pymes que hayan recibido créditos al 24%.

Monotributistas que recibieron crédito a tasa cero: rige desde mayo y por al menos 18 meses.

Empleados que cobren un sueldo menor a $55.000: esta medida no está formalizada, pero es un secreto a voces que los bancos comenzaron a aplicarla a aquellos que estén en relación de dependencia y acrediten el sueldo. Al resto se le exige un salario bruto de $85.000.

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