El gobierno nacional prohibió por decreto los despidos y las suspensiones por 60 días

El presidente Alberto Fernández prohibió a través del decreto 329/2020 los despidos "sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor"

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El presidente Alberto Fernández prohibió los despidos y las suspensiones por 60 días. Fue a través del decreto 329/2020 los que establece que las empresas no pueden echar "sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días" contados a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial. Y así aparece impresa en la edición del martes 31 de marzo de 2020.

El gobierno estableció el DNU en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N°  27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, el Decreto N° 297/20 que estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, su prórroga hasta el día 12 de abril inclusive, y sus normas complementarias.

En su artículo tercero establece que se prohibe "las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de sesenta (60) días, contados a partir de la fecha publicación del presente decreto en el Boletín Oficial".

Sólo "quedan exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo".

En el artículo 4° establece que "los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en el artículo 2° y primer párrafo del artículo 3º del presente decreto, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales".

"Resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales", señala el decreto en sus considerandos.

La decisión del gobierno fue después de evaluar la posible catarata de despidos, y que puso en agenda Techint con el recorte de 1.450 puestos el viernes, y otras empresas que comenzaron a presentarse en las distintas sedes de los ministerios de Trabajo provinciales en los últimos días. También de las previsiones a escala mundial: 25 millones de personas prevé la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se enfrentarán a la pérdida de trabajo producto del parate provocado por la pandemia del coronavirus.

En los considerados señala que mediante la ley N° 25.300 fue creado el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fogapyme), "con el objeto de otorgar garantías en respaldo de las que emitan las sociedades de garantía recíproca y de ofrecer garantías a las entidades financieras acreedoras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas alcanzadas, según la definición establecida en el artículo 1° de dicha ley, todo ello con el fin de mejorar las condiciones de acceso al crédito de las mismas".

También que mediante el artículo 8° de la Ley Nº 27.444 fue sustituida la denominación del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), por “Fondo de Garantías Argentino” (FoGAr), y se sustituyeron los artículos 8°, 10, 11 y 13 de la Ley Nº 25.300.

Por lo que mediante la modificación de los artículos citados y otras modificaciones en el considerando del decreto, se incrementaron las herramientas del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) y se habilitó el otorgamiento de garantías indirectas por su parte. De este modo esta modificación amplió los objetivos del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) con el fin de que el mismo facilite las condiciones de acceso al financiamiento de quienes desarrollan actividades económicas y/o productivas en el país.

Por todo ello, "corresponde facultar al Jefe de Gabinete de Ministros para que realice las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias con el fin de efectivizar la transferencia de la suma de PESOS TREINTA MIL MILLONES ($ 30.000.000.000) al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), como aporte del ESTADO NACIONAL, y/o la dependencia que al efecto se establezca".

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