Afip extiende hasta fin de año el pago de aportes con saldo de IVA para mipymes

Lo hizo a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial. Precisó que los beneficiarios deben estar inscriptos en el Registro de Mipymes de la secretaría de Emprendedores y Pymes

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) prorrogó hasta el 31 de diciembre próximo la posibilidad de que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) afecten el saldo de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado (IVA) a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social.

Lo hizo a través de la resolución general 4625/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial que precisó que los beneficiarios deben estar inscriptos en el Registro de Mipymes de la Secretaría de Emprendedores y Pymes.

La Afip explicó que la prórroga de la fecha límite que venció ayer se tomó en virtud del objetivo permanente del organismo recaudador de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias que se encuentran a su cargo.

A través de la resolución general 4603 del 3 de octubre último, la Afip permitió a las mipymes registradas afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del IVA a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social.

La afectación podrá efectuarse únicamente respecto de las contribuciones de la seguridad social, determinadas por el período mensual inmediato anterior a la fecha de la solicitud, y no podrá superar el 20% del monto total de las mismas ni el importe adeudado.

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