ATP: cuáles son los nuevos requisitos y los sectores que ahora se incluyeron

El gobierno nacional amplió los alcances del programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) en el marco de la cuarentena por el Covid-19

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El gobierno nacional modificó algunos requisitos y amplió los alcances del programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). Incorporó a más sectores y empresas que podrán solicitar el ingreso al plan lanzado en el marco de la cuarentena por el Covid-19, que contempla el pago de la mitad de los salarios en empresas privadas afectadas por la parálisis de su actividad productiva.

Entre las nuevas empresas que podrán sumarse al plan figuran fábricas de productos alimenticios y de elementos del rubro medicinal, así como de economías regionales, y las denominadas grandes, entre otras. Alguna de estas fueron consideradas de servicios esenciales y pudieron seguir con su actividad durante la cuarentena pero vieron sensiblemente afectadas sus facturaciones.

El Ejecutivo publicó este jueves en el Boletín Oficial la Decisión Administrativa 721/2020, que incluye dentro del ATP a actividades no contempladas hasta ahora y a firmas de más de 800 empleados, así como a las que abrieron este año sus puertas.

También los empleadores ahora podrán acceder tras demostrar una caída de su facturación menor a la que figuraba como requisito original del programa, por lo que en el esperan esperan en lo inmediato saltar de los actuales 1,7 millón de asalariados cubiertos a más de 2 millones.

La flexibilización del programa la definió el Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP. 

Se trata de empresas de servicios esenciales que pudieron continuar su actividad durante la cuarentena pero que también habían pedido acceder al plan por una baja sensible de sus facturaciones.

Asimismo, otra novedad es que desde esta semana el ATP dejará de tener un tope de cantidad de empleados por lo que las grandes compañías podrán obtenerlo. Hasta ahora era de 800 trabajadores.

De este modo casi la mitad de las empresas privadas registradas podrían solicitar y recibir asistencia del Estado para el pago de salarios y cerca de un tercio de los trabajadores quedará incorporado a la ayuda financiera dispuesta por la administración de Alberto Fernández.

El otro ítem que se modificará en lo inmediato será la variación en la facturación que figura como requisito para la percepción del beneficio. Hasta ahora el empleador debía demostrar una caída en la facturación de marzo y abril de este año contra el mismo bimestre de 2019. Con los cambios, podrán acceder al ATP compañías que hubiesen tenido aumento en la facturación de hasta 5% nominal en el mismo período. Es decir que, contemplada la inflación, antes se exigía demostrar una caída real de la facturación del orden del 30% y de ahora en más bastará con una pérdida cercana al 20%.

De igual forma se permitirá el ingreso a las compañías que hubiesen iniciado este año sus actividades.

El Comité de Evaluación y Monitoreo está conformado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; por los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, de Trabajo, Claudio Moroni, y de Economía, Martín Guzmán, y por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. En tanto que la ANSES, desde esta semana conducida por Fernanda Raverta, es el organismo encargado de depositar en las cuentas sueldo la asistencia equivalente al 50% del salario neto de los trabajadores de las empresas incorporadas al ATP.

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